Condiciones generales

El arrendamiento de Villa Aynadamar se regula por lo establecido en la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos, al tratarse de un arrendamiento de temporada por motivo vacacional, previsto en el artículo 3º.2 de la citada ley.

De acuerdo con la Ley de Arrendamientos Urbanos, los arrendamientos de temporada se rigen por la voluntad de las partes, en su defecto, por lo dispuesto en la Ley de Arrendamiento Urbanos para este tipo de alojamientos y, supletoriamente, por lo dispuesto en el Código Civil.

Previo al inicio de la estancia, las partes firmarán un contrato en el que se indicarán los términos y condiciones del arrendamiento: la duración de la estancia, el precio, la fianza de seguridad, las condiciones en las que se entrega en arrendamiento tanto por el arrendador, al comienzo de la estancia, como por el arrendatario, al final de la misma.

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